jueves, 26 de abril de 2018

SUJETO ACTIVO Y SUJETO PASIVO


¿Confundido?  ... Aquí te aclararemos las dudas.. 

     Quizás es primera vez que escuchas estos términos.. Sujeto Activo, Sujeto Pasivo. 

     Primeramente para comprender estos términos se debe tener claro que ambos son dos sujetos que participan en la relación jurídica tributaria los cuales se les denominara como se menciono:  sujeto activo y sujeto pasivo. Es necesario identificar a éstos dos ya que así se puede comprender en qué consiste la obligación tributaria de una forma más sencilla.

     Pero, antes de adentrarnos en lo que es sujeto activo y pasivo, definiremos ¿Qué es la obligación tributaria?

      Giannini define la obligación tributaria como “el deber de cumplir la prestación, constituye la parte fundamental de la re­lación jurídica y el fin ultimo al cual tiende la institución del tributo”.

       La obligación tributaria son obligaciones de dar (pagar el tributo), de hacer (cumplir con los deberes formales, declara­ción jurada), de soportar (aceptar inspecciones, fiscalizaciones de los funcionarios competentes) y por último es una prestación accesoria (pagar las multas, intereses etc.). 

     La obligación tributaria se encuentra consagrada en el Ar­tículo 13 del Código Orgánico Tributario (2015)

“La obligación tributaria surge entre el Estado en las distintas expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley. La obliga­ción tributaria constituye un vínculo de carácter personal, aunque su cumplimiento se asegure mediante garantía real o con privilegios especiales.”

     Definido esto, podemos darnos cuenta que el sujeto pasivo y sujeto activo son unos elementos importantes de la obligación tributaria.

Veamos cuáles son esos elementos:

     1. El Sujeto Activo o ente Acreedor del Tributo. El Sujeto Activo de la obligación Tributaria por excelencia es el Estado en virtud de su poder de imperio. El Código Orgánico Tributario lo reseña en el Artículo 18:
“Es sujeto activo de la obligación tributaria el ente público acreedor del tributo”.
El sujeto activo es el ente acreedor de la prestación pecu­niaria en que se ha circunscrito la obligación tributaria. El sujeto activo es considerado por algunos tratadistas como el titular de la potestad de imposición. El sujeto activo, así como los caracte­res de la obligación tributaria ha de establecerse en la ley.

        2. El Sujeto Pasivo o Contribuyente, es el deudor de la obligación tributaria, ya sea por deuda propia (contribuyente) o por deuda ajena (res­ponsable). Gianni considera que sólo es sujeto pasivo el deudor o contribuyente, mientras que autores como Pérez de Ayala con­sidera que únicamente revisten calidad de sujeto pasivo el con­tribuyente y el sustituto. El sustituto es aquel sujeto ajeno a la ocurrencia del hecho imponible, que sin embargo y por disposi­ción de la ley ocupa el lugar del destinatario legal tributario, des­plazando a este último de la relación jurídica tributaria.

De cualquier forma, la ley determina quién es la persona obligada al pago del tributo, sea persona natural o jurídica consi­derada contribuyente, responsable o sustituto. También se con­siderarán sujetos pasivos las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurí­dica, constituyan una unidad económica un patrimonio separa­do, sujetos a imposición.

     3. El Hecho Imponible. Es un hecho jurídico cuyo acto da nacimiento a la obligación tributaria o un hecho que tiene efecto jurídico por disposición de la ley.

     4. La Base Imponible, llamada la base de medición del tri­buto, es la característica esencial del hecho imponible. 

     5. Tasa o Alícuota, Es un porcentaje de la base imponible utilizado con el objeto de calcular el impuesto. Dicho porcentaje puede ser fijo o variable. 


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