¿Confundido? ... Aquí te aclararemos las dudas..
Quizás es primera vez que escuchas estos términos.. Sujeto Activo, Sujeto Pasivo.
Primeramente para comprender
estos términos se debe tener claro que ambos son dos sujetos que participan en
la relación jurídica tributaria los cuales se les denominara como se menciono: sujeto
activo y sujeto pasivo. Es necesario identificar a éstos dos ya que así se
puede comprender en qué consiste la obligación tributaria de una forma más
sencilla.
Pero, antes de adentrarnos
en lo que es sujeto activo y pasivo, definiremos ¿Qué es la obligación tributaria?
Giannini define la
obligación tributaria como “el deber de cumplir la prestación, constituye la
parte fundamental de la relación jurídica y el fin ultimo al cual tiende la
institución del tributo”.
La obligación tributaria son
obligaciones de dar (pagar el tributo), de hacer (cumplir con los deberes
formales, declaración jurada), de soportar (aceptar inspecciones,
fiscalizaciones de los funcionarios competentes) y por último es una prestación
accesoria (pagar las multas, intereses etc.).
La obligación tributaria se
encuentra consagrada en el Artículo 13 del Código Orgánico Tributario (2015)
“La
obligación tributaria surge entre el Estado en las distintas expresiones del
Poder Público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho
previsto en la ley. La obligación tributaria constituye un vínculo de carácter
personal, aunque su cumplimiento se asegure mediante garantía real o con
privilegios especiales.”
Definido esto, podemos
darnos cuenta que el sujeto pasivo y sujeto activo son unos elementos
importantes de la obligación tributaria.
Veamos cuáles son esos
elementos:
1. El Sujeto Activo o
ente Acreedor del Tributo. El Sujeto Activo de la
obligación Tributaria por excelencia es el Estado en virtud de su poder de
imperio. El Código Orgánico Tributario lo reseña en el Artículo 18:
“Es
sujeto activo de la obligación tributaria el ente público acreedor del
tributo”.
El sujeto activo es el ente
acreedor de la prestación pecuniaria en que se ha circunscrito la obligación
tributaria. El sujeto activo es considerado por algunos tratadistas como el
titular de la potestad de imposición. El sujeto activo, así como los caracteres
de la obligación tributaria ha de establecerse en la ley.
2. El Sujeto Pasivo o
Contribuyente, es el deudor de la obligación tributaria,
ya sea por deuda propia (contribuyente) o por deuda ajena (responsable).
Gianni considera que sólo es sujeto pasivo el deudor o contribuyente, mientras
que autores como Pérez de Ayala considera que únicamente revisten calidad de
sujeto pasivo el contribuyente y el sustituto. El sustituto es aquel sujeto
ajeno a la ocurrencia del hecho imponible, que sin embargo y por disposición
de la ley ocupa el lugar del destinatario legal tributario, desplazando a este
último de la relación jurídica tributaria.
De cualquier forma, la ley
determina quién es la persona obligada al pago del tributo, sea persona natural
o jurídica considerada contribuyente, responsable o sustituto. También se considerarán
sujetos pasivos las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades
que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica un
patrimonio separado, sujetos a imposición.
3. El Hecho
Imponible. Es un hecho jurídico cuyo acto da
nacimiento a la obligación tributaria o un hecho que tiene efecto jurídico por
disposición de la ley.
4. La Base Imponible,
llamada la base de medición del tributo, es la característica esencial del
hecho imponible.
5. Tasa o Alícuota, Es un porcentaje de la
base imponible utilizado con el objeto de calcular el impuesto. Dicho porcentaje
puede ser fijo o variable.
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